El estudio y la meditación sobre este tema es muy necesario, debido a que nos hace caer en cuenta de la importancia que tiene cada miembro de la Iglesia. Y cómo, cada cual, desde los carismas que Dios le ha otorgado, puede y debe participar aportando activamente en la construcción del Reino de Dios en medio de nuestro mundo actual.
A continuación ofrecemos algunos textos conciliares para la meditación sobre los carismas:
“El Espíritu habita en la Iglesia y en los corazones de los fieles como en un templo (1Cor., 3,16; 6,19), y en ellos ora y da testimonio de la adopción de hijos (cf. Gal., 4,6; Rom., 8,15-16,26). Con diversos dones jerárquicos y carismáticos dirige y enriquece con todos sus frutos a la Iglesia (cf. Ef., 4, 11-12; 1Cor., 12-4; Gal., 5,22), a la que guía hacía toda verdad (cf. Jn., 16,13) y unifica en comunión y ministerio.”
(N° 4.1 Constitución “Lumen Gentium”)
“Uno mismo es el Espíritu que distribuye sus diversos dones para el bien de la Iglesia, según sus riquezas y la diversidad de los ministerios (cf. 1Cor., 12,1-11). Entre todos estos dones sobresale la gracia de los apóstoles, a cuya autoridad subordina el mismo Espíritu incluso a los carismáticos (cf. 1Cor., 14).”
(N° 7.3 Constitución “Lumen Gentium”)
“Además, el mismo Espíritu Santo no solamente santifica y dirige al Pueblo de Dios por los Sacramentos y los ministerios y lo enriquece con las virtudes, sino que "distribuye sus dones a cada uno según quiere" (1Cor., 12,11), reparte entre los fieles de cualquier condición incluso gracias especiales, con que los dispone y prepara para realizar variedad de obras y de oficios provechosos para la renovación y una más amplia edificación de la Iglesia según aquellas palabras: "A cada uno se le otorga la manifestación del Espíritu para común utilidad" (1Cor., 12,7). Estos carismas, tanto los extraordinarios como los más sencillos y comunes, por el hecho de que son muy conformes y útiles a las necesidades de la Iglesia, hay que recibirlos con agradecimiento y consuelo. Los dones extraordinarios no hay que pedirlos temerariamente, ni hay que esperar de ellos con presunción los frutos de los trabajos apostólicos, sino que el juicio sobre su autenticidad y sobre su aplicación pertenece a los que presiden la Iglesia, a quienes compete sobre todo no apagar el Espíritu, sino probarlo todo y quedarse con lo bueno (cf. 1Tes., 5,19-21).”
(N° 12.2 Constitución “Lumen Gentium”)
“Los presbíteros, por tanto, deben presidir de forma que, buscando, no sus intereses, sino los de Jesucristo, trabajen juntamente con los fieles seglares y se porten entre ellos a imitación del Maestro, que entre los hombres "no vino a ser servido, sino a servir, y dar su vida en redención de muchos" (Mt., 20, 28).…Examinando los espíritus para ver si son de Dios, descubran con el sentido de la fe los multiformes carismas de los seglares, tanto los humildes como los más elevados; reconociéndolos con gozo y fomentándolos con diligencia. Entre los otros dones de Dios, que se hallan abundantemente en los fieles, merecen especial cuidado aquellos por los que no pocos son atraídos a una vida espiritual más elevada.”
( N° 9 Decreto “Presbiterorum ordinis”)
“El Espíritu Santo "unifica en la comunión y en el servicio y provee de diversos dones jerárquicos y carismáticos", a toda la Iglesia a través de los tiempos, vivificando las instituciones eclesiásticas como alma de ellas e infundiendo en los corazones de los fieles el mismo impulso de misión del que había sido llevado el mismo Cristo.”
(N° 4.3 Decreto "Ad Gentes”)
“Puesto que los fieles cristianos tienen dones diferentes, deben colaborar en el Evangelio cada uno según su oportunidad, facultad, carisma y ministerio; todos, por consiguiente, los que siembran y los que siegan, los que plantan y los que riegan, es necesario que sean una sola cosa, a fin de que "buscando unidos el tiempo fin" dediquen sus esfuerzos unánimes a la edificación de la Iglesia.” (N° 28.1 Decreto “Ad Gentes”)
“Para ejercer este apostolado, el Espíritu Santo, que produce la santificación del pueblo de Dios por el ministerio y por los Sacramentos, concede también dones peculiares a los fieles (Cf. 1 Cor., 12,7) "distribuyéndolos a cada uno según quiere" (1 Cor., 12,11), para que "cada uno, según la gracia recibida, poniéndola al servicio de los otros", sean también ellos "administradores de la multiforme gracia de Dios" (1 Pe., 4,10), para edificación de todo el cuerpo en la caridad (Cf. Ef., 4,16). De la recepción de estos carismas, incluso de los más sencillos, procede a cada uno de los creyentes el derecho y la obligación de ejercitarlos para bien de los hombres y edificación de la Iglesia, ya en la Iglesia misma., ya en el mundo, en la libertad del Espíritu Santo, que "sopla donde quiere" (Jn., 3,8), y, al mismo tiempo, en unión con los hermanos en Cristo, sobre todo con sus pastores, a quienes pertenece el juzgar su genuina naturaleza y su debida aplicación, no por cierto para que apaguen el Espíritu, sino con el fin de que todo lo prueben y retengan lo que es bueno (Cf. 1 Tes., 5,12; 19,21).”
(N° 3.4 Decreto “Apostolicam Actuasitatem”)
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